Integridad institucional

Código de Ética

Principios, conductas esperadas y mecanismos de cumplimiento aplicables a socios, representantes y colaboradores de AEM Centro Sur.

Código de Ética

Referencia: AEM Capítulo Centro-Sur

Propósito

Establecer los principios que guían la conducta de los socios, representantes y colaboradores del Capítulo Centro-Sur, asegurando integridad, profesionalismo y respeto en todas las actividades de la AEM. Este Código es de aplicación obligatoria para todos quienes forman parte de la asociación, independientemente de su modalidad de participación.

Principios éticos

Integridad

Actuar con honestidad, transparencia y responsabilidad en todas las interacciones empresariales, institucionales y personales dentro de la AEM.

Profesionalismo

Mantener una conducta respetuosa, puntual, seria y orientada a resultados en reuniones, eventos, comités y actividades del capítulo.

Confidencialidad

Proteger la información compartida dentro de la AEM, evitando divulgar datos sensibles, estratégicos o personales sin autorización explícita.

Respeto y trato digno

Fomentar un ambiente de respeto, inclusión y colaboración, sin tolerar discriminación, acoso, violencia o conductas que afecten la convivencia.

Prevención de conflictos de interés

Declarar cualquier situación que pueda comprometer la imparcialidad en decisiones, votaciones, alianzas o actividades institucionales. Quien declare un conflicto de interés deberá abstenerse de participar o votar en la decisión correspondiente.

Uso adecuado de la AEM

Utilizar la plataforma, contactos y recursos de la AEM exclusivamente para fines profesionales legítimos, evitando prácticas de presión, ventas agresivas, esquemas de marketing multinivel o aprovechamiento indebido.

Cumplimiento normativo

Respetar los estatutos de AEM Binacional, el Manual de Gobernanza del capítulo y las leyes aplicables en México y Estados Unidos.

Veracidad de la información

Presentar información veraz sobre credenciales, trayectoria, afiliaciones y representaciones ante la AEM y sus miembros. Queda prohibida la suplantación de identidad o la representación no autorizada de la asociación ante terceros.

Comunicaciones digitales y redes sociales

Actuar con responsabilidad en comunicaciones públicas digitales cuando se mencione o represente a la AEM, evitando declaraciones que dañen la imagen de la asociación o de sus miembros.

Responsabilidad social y sostenibilidad

Promover prácticas empresariales éticas, incluyentes y sostenibles, congruentes con la misión binacional de la AEM.

Conductas no permitidas

  • Uso de la AEM para beneficio personal indebido.
  • Difusión de información confidencial sin autorización.
  • Prácticas de acoso, discriminación o violencia en cualquier modalidad.
  • Conflictos de interés no declarados o participación en decisiones con conflicto declarado.
  • Acciones que afecten la reputación del capítulo o de la AEM.
  • Competencia desleal, fraude o prácticas empresariales ilegales o cuestionables.
  • Suplantación de identidad o representación no autorizada de la AEM.
  • Declaraciones falsas sobre credenciales, afiliaciones o trayectoria profesional.

Compromisos del socio

  • Representar a la AEM con dignidad y profesionalismo.
  • Participar activamente en actividades y comités.
  • Respetar los procesos institucionales y decisiones colegiadas.
  • Promover la misión binacional de la AEM.
  • Contribuir a un ambiente seguro, respetuoso e inclusivo.
  • Informar a la Secretaría General sobre posibles incumplimientos de los que tenga conocimiento.

Mecanismos de cumplimiento

Presentación de reportes

Cualquier socio, representante o colaborador puede reportar una posible violación a este Código ante la Secretaría General, ya sea de forma nominal o anónima. El reporte deberá incluir una descripción de los hechos y, en la medida posible, evidencia de soporte.

Proceso de investigación

  • La Secretaría General acusará recibo en un plazo máximo de 5 días hábiles.
  • El Comité de Ética o Comité de Membresía, si aplica, analizará el caso en un plazo máximo de 30 días hábiles.
  • La parte involucrada tendrá oportunidad de presentar su versión de los hechos antes de que se emita una resolución.
  • La Mesa Directiva emitirá una resolución motivada y por escrito.

Sanciones

  • Falta leve: amonestación escrita.
  • Falta moderada: suspensión temporal de 30 a 90 días.
  • Falta grave: cancelación de membresía.

Apelación

El socio sancionado podrá impugnar la decisión ante la Mesa Directiva dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de la resolución. La Mesa Directiva resolverá en definitiva dentro de los siguientes 20 días hábiles.

Confidencialidad del proceso

Todos los involucrados en el proceso de investigación estarán obligados a guardar confidencialidad sobre las partes y los hechos, hasta que se emita una resolución definitiva.

Revisión del Código

Este Código será revisado anualmente por el Comité de Ética, o de manera extraordinaria cuando las circunstancias lo requieran. Las modificaciones deberán ser aprobadas por la Mesa Directiva y comunicadas a todos los miembros activos.

Aceptación

La firma del presente Código es requisito para la admisión y permanencia en la AEM Capítulo Centro-Sur. Aplica para socios, representantes y colaboradores en cualquier modalidad de participación.

Declaración de aceptación

Yo, el/la suscrito/a, declaro haber leído, comprendido y aceptado en su totalidad el presente Código de Ética de la AEM Capítulo Centro-Sur, y me comprometo a cumplirlo en todo momento.